Las creaciones literarias y artísticas, la innovación industrial, las biotecnologías y las creaciones digitales son las riquezas de hoy y de mañana, esenciales para la creación, el desarrollo, la sostenibilidad y la valorización de las empresas.
Estas empresas son numerosas y diversas, tanto en sectores económicos tradicionales como en sectores económicos emergentes, como la industria farmacéutica, la edición de software o la industria del entretenimiento. Para todas estas estructuras, el desarrollo de la creación y la innovación debe ir acompañado del conocimiento y de la implementación de medios eficaces de protección jurídica. Estos medios de protección jurídica se encuentran en la propiedad intelectual.
Propiedad intelectual
La propiedad intelectual incluye la amplia familia de derechos privados, como las patentes, los derechos de autor, los derechos relacionados con los derechos de autor, los derechos de diseños y modelos, los derechos de variedades vegetales, las marcas, el derecho a las indicaciones geográficas, que protegen, por un lado, los derechos intelectuales. creaciones (tales como invenciones, obras literarias y artísticas, diseños y modelos, nuevas variedades de plantas, fonogramas o videogramas), y por otra parte, las signos distintivos (como marcas, indicaciones geográficas, denominaciones varietales, nombres de dominio).
La propiedad intelectual, esencial para las empresas y, más ampliamente, para el desarrollo social, económico, técnico, artístico y cultural, se aplica tanto a nivel nacional (con derechos de propiedad intelectual nacionales que es posible obtener, por ejemplo, del Servicio Nacional Instituto de Propiedad Industrial o la Autoridad Nacional de Variedades Vegetales), como a nivel regional (Unión Europea con la marca de la Unión Europea, los diseños y modelos de la Unión Europea, la protección comunitaria de las obtenciones vegetales y indicaciones geográficas de la Unión Europea – DOP, IGP; Organización Europea de Patentes con la patente europea y la patente europea con efecto unitario) e internacionales (por ejemplo con el registro internacional de marcas según el sistema de Madrid o el registro de Diseños y Modelos Industriales Internacionales según el Acuerdo de La Haya).
El contrato (contrato de licencia, contrato de cesión, acuerdo de transferencia de conocimientos, acuerdo de investigación, etc.) sigue siendo una herramienta esencial en la gestión y explotación de los derechos de propiedad intelectual.
Protección de datos personales
Nuestra sociedad ha entrado en la era digital. Se ha vuelto digital en todos sus ámbitos y los datos y huellas informáticas de cada individuo son muy numerosos. Algunos de estos datos son incluso especialmente sensibles (salud, religión, opinión política, etc.).
La existencia de estos datos representa un peligro para los interesados, sus derechos y libertades fundamentales, teniendo en cuenta las nuevas capacidades informáticas de los recursos informáticos, las técnicas de elaboración de perfiles, las herramientas de control algorítmico y de verificación cruzada, así como la inteligencia artificial y el desarrollo de los ciberataques. y la existencia de la red oscura como lugar para el intercambio de datos pirateados.
Para garantizar de forma uniforme los derechos y libertades fundamentales de las personas en el procesamiento de sus datos personales, la Unión Europea ha adoptado el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), Reglamento UE 2016/679 de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas. en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos.
Todos los operadores que procesan datos personales deben cumplir espontáneamente los requisitos del RGPD. Se debe realizar una serie de controles y trámites para lograr el cumplimiento del RGPD y documentarlo para poder, si fuera necesario, justificarlo en cualquier momento.
Los datos personales también son el nuevo “oro negro” de la economía; tienen un valor económico innegable y son esenciales para el desarrollo del mercado digital, así como para el desarrollo de nuevas tecnologías como la inteligencia artificial. Desde esta perspectiva, el RGPD también considera los datos personales como bienes cuya libre circulación y explotación debe permitirse.
El contrato sigue siendo el medio adecuado para organizar la circulación y el uso de datos personales, cumpliendo siempre con las obligaciones impuestas por el RGPD.
En todos estos aspectos de propiedad intelectual y protección de datos personales, nuestra Firma puede asesorarte para evaluar las protecciones que se implementarán o ya existen, apoyarte o representarte en los trámites y procedimientos necesarios, organizar por contrato la gestión y la explotación de derechos, defender tus derechos frente a cualquier vulneración y gestionar litigios.